Los Retiros exigidos por el Código de Planeamiento deben considerarse como mínimos. Esto permite generar un AIM con la ubicación que resulte conveniente para el desarrollo de las ideas, siempre y cuando no se superen los retiros mínimos exigidos. El retiro Contrafrontal debe ser igual o mayor que 2 veces el retiro de Frente. Si bien los retiros frontal y laterales combinados con el AIM dan como resultado el retiro contra-frontal, en terrenos de grandes dimensiones como éste y con al gran número de especies autóctonas a proteger, es posible considerar al AIM como un polígono irregular, entendiendo por polígono irregular a aquel que tenga tantos lados como sea necesario, siempre y cuando no se trate de mas de un polígono (dos o mas polígonos no conectados entre sí ). Ver Art. del Código de Planeamiento 13.1.2.1 – Modificación de las Trazas de Retiro y Modificación del AIM