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El Apeo y/o trasplante de especies nativas debe limitarse a lo mínimo posible por la estrategia de protección del promotor y para contar con la futura aprobación municipal y provincial.
No obstante ello, si las limitaciones de la parcela para localizar las propuestas lo justifican, puede proponerse el apeo y futura reposición de ejemplares de flora autóctona.